Noticias destacadas: febrero 2024

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La caída de precios de la electricidad anticipa una subida del 10% al 21% del IVA del recibo de la luz en marzo

El impuesto al valor agregado (IVA) aplicado al recibo de electricidad está a punto de aumentar del 10% al 21% en marzo para la mayoría de los consumidores domésticos. Esta situación se debe a la significativa caída en el precio medio del megavatio hora (MWh) en febrero, que es un 42% más bajo que en enero y tres veces más bajo que hace un año.

La decisión del Gobierno de aplicar un IVA reducido del 10% durante todo 2024 está condicionada a que el precio del MWh en el mercado mayorista esté por encima de los 45 euros. Según el decreto de medidas antiinflación aprobado en diciembre, si el precio de la luz cae por debajo de este umbral, se aplicará el IVA original del 21% al mes siguiente.

Actualmente, a falta de dos días para finalizar febrero, el precio medio de la electricidad en el mercado mayorista es de 42,44 euros, por debajo de los 45 euros de referencia. Esto anticipa un aumento del IVA del 10% al 21% en el recibo de la luz en marzo, lo que podría significar un incremento de unos 4,5 euros en el recibo para un hogar con un consumo mensual medio de 190 kilovatios-hora.

Este cambio afectará a la mayoría de los 28 millones de pequeños consumidores en España, tanto a los que tienen tarifas libres como a los que tienen la tarifa regulada PVPC. Sin embargo, los 1,6 millones de beneficiarios del bono social eléctrico seguirán teniendo un IVA del 10% durante todo el año.

A pesar del aumento del IVA al 21% en marzo, se espera que aproximadamente uno de cada tres usuarios, especialmente los que están en el mercado regulado, paguen menos en marzo que en febrero debido a la tendencia a la baja en el precio de la electricidad. Sin embargo, esto dependerá de la situación individual de cada consumidor.

 

Hasta dónde puede controlar Hacienda los dispositivos móviles

La vigilancia de dispositivos electrónicos ha generado tensiones con derechos fundamentales como la intimidad, y el Tribunal Supremo ha establecido una serie de garantías que Hacienda debe respetar en este ámbito. La Agencia Tributaria ha pasado de manejar información en documentos físicos almacenados en cajas fuertes a depender cada vez más de dispositivos electrónicos, incluyendo teléfonos móviles, para recabar pruebas de fraude fiscal o delitos financieros.

El acceso a estos dispositivos entra en conflicto con derechos constitucionales, y el Tribunal Supremo ha tenido que desarrollar una jurisprudencia para delimitar los límites de la vigilancia de ordenadores, móviles o tabletas por parte de la administración tributaria.

El abogado Pablo Romá destaca que el Tribunal Supremo está estableciendo precedentes en este tema. Opina que Hacienda no debería tener la facultad de registrar dispositivos de forma remota, incluso con autorización judicial, ya que la Ley de Enjuiciamiento Criminal no lo permite salvo en casos tasados, que no incluyen delitos fiscales ni inspecciones tributarias. Además, Romá señala que los dispositivos electrónicos pueden contener información sensible que vulnera derechos fundamentales como la intimidad o el secreto de las comunicaciones.

Este tema trasciende al ámbito de lo contencioso administrativo, donde se resuelven las disputas con Hacienda. La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha intervenido en casos de delito fiscal, estableciendo garantías para los contribuyentes acusados en procesos penales y respecto a la obtención de pruebas a partir de dispositivos electrónicos.

Eduardo de Urbano, magistrado en excedencia, destaca que infringir las normas y jurisprudencia establecidas puede llevar a que las pruebas obtenidas ilegalmente no sean consideradas en el proceso penal, e incluso a la absolución del acusado.

El Tribunal Supremo ha dictado sentencias que establecen requisitos para la admisión de pruebas obtenidas de dispositivos electrónicos, como la necesidad de preservar la autenticidad de los documentos y minimizar los efectos lesivos sobre derechos de terceros.

En resumen, el acceso a información de dispositivos electrónicos para fines de investigación fiscal debe realizarse cumpliendo con las garantías establecidas por el Tribunal Supremo, respetando los derechos fundamentales de los contribuyentes y asegurando la integridad y autenticidad de las pruebas obtenidas.

El reglamento europeo contra la morosidad se retrasa

La comisión Imco del Parlamento Europeo ha decidido posponer la votación del reglamento sobre la morosidad en las relaciones comerciales, lo que ha generado críticas por parte de la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad (PMcM), que representa a alrededor de un millón de pymes y autónomos. Esta postergación, impuesta por algunos grupos políticos, significa que la votación se llevará a cabo el próximo 21 de marzo.

El retraso se produjo después de que los grupos conservadores, como el Partido Popular Europeo, intentaran introducir enmiendas que suavizaban el texto, permitiendo la «libertad de pacto entre las partes» y, por ende, la posibilidad legal de establecer plazos de pago más largos que los previstos en el reglamento, según la PMcM. Dado que en el Parlamento Europeo los partidos y sus miembros tienen libertad de voto, y ante la incertidumbre sobre el resultado, la nueva normativa se debatirá en el último pleno de abril, justo antes de las elecciones europeas y casi al límite de la legislatura.

El presidente de la PMcM, Antoni Cañete, ha expresado su profunda preocupación por este retraso inesperado, que atribuye a la presión de grupos de presión como el de la gran distribución. Cañete criticó el abuso de poder de las grandes corporaciones y la pasividad de los políticos, quienes han decidido no respaldar a las pymes y autónomos europeos.

La PMcM ha señalado que seguirá luchando para eliminar las medidas que considera engañosas y que afectarán negativamente a millones de autónomos y pymes en toda Europa. Asimismo, ha aplaudido las palabras de la eurodiputada Roza Thun, ponente principal, aunque lamenta el aplazamiento, que podría poner en riesgo los avances logrados en los últimos meses.

Según la PMcM, la posibilidad de pactar libremente entre las partes, una de las enmiendas defendidas por los grupos conservadores, podría generar plazos de pago mayores a los establecidos por el reglamento, lo que no garantizaría la neutralidad buscada. Por tanto, insta a considerar las disparidades entre las partes para asegurar un resultado equitativo en la legislación.

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Compatibilidad, jubilación y consejo de administración

¿Es compatible cobrar la prestación de jubilación con la contraprestación por realizar las funciones arriba indicadas como vocal del consejo de administración? ¿Se podría cobrar en concepto de dietas? ¿Todos los miembros del consejo deberían cobrar la misma cantidad?

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El Supremo libera a los trabajadores de pagar el IVA por el coche de empresa

El Tribunal Supremo ha determinado que los trabajadores a quienes la empresa les proporciona un coche de forma gratuita, tanto para uso laboral como personal, no están obligados a pagar el IVA por dicho vehículo, incluso si la compañía se ha deducido el costo del mismo en el impuesto.

Esta decisión del Alto Tribunal contradice el criterio de la Inspección tributaria, que establece que las empresas que ceden vehículos a sus empleados para uso mixto, siempre y cuando se hayan deducido el IVA del costo del mismo, como en el caso del pago del renting, deben repercutir el IVA a los empleados por el uso personal del coche.

La sentencia, emitida el 29 de enero y redactada por el magistrado Isaac Merino Jara, se basa en el criterio del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que establece que los vehículos cedidos por la empresa a los trabajadores no constituyen prestaciones de servicios realizadas a título oneroso, por lo que no es necesario que los empleados paguen el IVA por ello, tal como sostiene la Inspección de Hacienda.

Según el TJUE, una prestación de servicios se considera onerosa cuando implica una contraprestación económica. El Supremo recuerda que el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) ya concluyó en dos resoluciones de febrero y marzo de 2022 que la entrega de bienes o servicios del empleador a los empleados no puede considerarse como una operación onerosa solo porque, para efectos del IRPF, se considere una retribución en especie. Solo se considera onerosa si el trabajador paga por el vehículo o si se descuenta una parte de su salario por el mismo.

Por lo tanto, el Tribunal Supremo desestima el recurso de la Administración General del Estado y establece como doctrina que la cesión gratuita del uso de un vehículo por parte del empleador al empleado, para su uso personal, cuando el empleado no realiza ningún pago ni renuncia a parte de su salario como contraprestación, y cuando el derecho de uso del vehículo no está ligado a la renuncia de otras ventajas, no está sujeta al IVA, incluso si la empresa se ha deducido el IVA del renting del vehículo.

Por otro lado, en la inspección realizada por la Administración a la empresa, Hacienda determinó que la empresa podía deducirse hasta el 100% del IVA del costo del renting del vehículo para transferir al empleado la obligación del impuesto. El Supremo recuerda que la Ley del IVA, en su artículo 95, establece que la deducción solo será del 50% cuando se trate de vehículos de turismo, ciclomotores y motocicletas utilizados para el desarrollo de la actividad empresarial o profesional.

 

Trabajo quiere eliminar el registro de jornada en papel y garantizar el acceso remoto de la Inspección a los datos horarios

El Gobierno intensificará la presión sobre las empresas para garantizar el cumplimiento del horario laboral y evitar el exceso de horas extra. En este sentido, el secretario de Estado de Trabajo y Economía Social, Joaquín Pérez Rey, informó ayer a los representantes de la patronal y los sindicatos sobre su propuesta para alcanzar este propósito: la Inspección de Trabajo y Seguridad Social tendrá acceso directo, incluso de forma remota, al registro horario de las empresas con más de 50 empleados, con el fin de combatir el fraude en la observancia de la jornada laboral y mitigar el abuso en la utilización de horas extra.

Pérez Rey realizó este anuncio durante una nueva sesión del diálogo social para reducir la semana laboral de 40 a 37,5 horas por ley para el año 2025. Se estima que esta medida beneficiará a unos 12 millones de trabajadores.

El secretario de Estado destacó la necesidad de que la Inspección de Trabajo pueda acceder directamente al registro de las empresas para evitar posibles manipulaciones por parte del empleador u otras partes interesadas. De esta manera, el Ministerio de Trabajo busca asegurar la integridad, transparencia y control de la jornada laboral en las empresas. Asimismo, el Gobierno planea reformar el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores o introducir un nuevo artículo 34 bis para reducir la jornada de forma progresiva: hasta 38,5 horas para 2024, con el objetivo final de alcanzar las 37,5 horas en 2025.

El responsable de Trabajo subrayó que España tiene compromisos pendientes con la Unión Europea, especialmente con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en cuanto a la accesibilidad, fiabilidad y transparencia del registro horario. Por lo tanto, se han trasladado a los interlocutores sociales los requisitos necesarios para cumplir con estas exigencias derivadas de la Unión Europea.

Además, se plantea fortalecer las sanciones a las empresas por el incumplimiento del horario laboral, con el objetivo de que sean efectivas y lo suficientemente disuasorias. Se estudiará la posibilidad de que las sanciones se impongan por cada trabajador afectado, multiplicando la cuantía máxima por el número de empleados que excedan el horario laboral y el límite legal de horas extra anuales, que actualmente es de ochenta horas.

En cuanto a la reducción de la jornada, se garantizará un cómputo anual para asegurar la flexibilidad en su aplicación tanto para empleadores como para trabajadores. Esto implica dos referencias en la ley: la jornada semanal y la jornada anual, ya que muchos convenios colectivos contemplan esta última. Esta medida responde a una demanda de los empresarios para otorgar mayor flexibilidad a las empresas. El Gobierno enviará en los próximos días una propuesta por escrito sobre la reducción de la jornada laboral a la patronal y los sindicatos, con el objetivo de centrar la negociación.

 

ARTÍCULO DESTACADO: Planificación Hereditaria

Os explicamos el caso de una madre de familia que quiso “dejarlo todo bien atado”, evidentemente nos referimos a su sucesión hereditaria.

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